Eines de Llengua. El web de la CDLPV
Legislació lingüística

La Vanguardia, 21.12.2005

Plurilingüismo en el Congreso

A Manuel Marín, A. Pérez Rubalcaba y demás miembros del PSOE en el Congreso, con afecto y respeto institucional

LA PRETENSIÓN DE reducir el plurilingüismo al Senado no tiene fundamento en la política comparada de las democracias plurilingües.

Albert Branchadell y Ferran Requejo

En el debate sobre el estado de las autonomías (noviembre 2005) se oyeron desde la tribuna de oradores del Senado el catalán/ valenciano, el gallego y el euskera. Con el apoyo de todos los grupos parlamentarios excepto uno, se aprobó una moción que alude a «hacer posible el uso de las lenguas oficiales en todas las sesiones de la Cámara». En todo caso, el Senado ya tiene la infraestructura (cabinas de interpretación e intérpretes) y un feliz precedente de sesión plurilingüe para hacer realidad ese objetivo. Feliz porque el debate discurrió con total normalidad. Y España no se rompió. Más bien al contrario: permitir el uso de las tres lenguas mencionadas sólo puede acercar a los ciudadanos que las hablan a las instituciones políticas que las reconocen y, sobre todo, proporciona a estos ciudadanos los mismos derechos lingüísticos de los que ya gozan los ciudadanos de lengua castellana.

Las lenguas son bastante más que un mero vehículo de comunicación. Incluyen aspectos relacionados con la autocomprensión y autoestima de las personas. Y no hay ninguna razón moral para que el pluralismo lingüístico no tenga también su expresión en el Congreso de los Diputados. Una Cámara Baja plenamente plurilingüe situaría a España en línea con otros países plurilingües, tanto del entorno de las democracias occidentales como de otras regiones del planeta no menos significativas.

En Europa son paradigmáticos los casos de Bélgica y Suiza. En Bélgica, neerlandés y francés se usan en igualdad de condiciones tanto en la documentación y debates de ambas cámaras del Parlamento como en la publicación de las leyes. Lo mismo cabe decir de las dos cámaras suizas (Consejo Nacional y Consejo de los Estados), donde se hablan las tres lenguas reconocidas: alemán, francés e italiano. También en el Parlamento de Finlandia se emplean el finlandés y el sueco (lengua de sólo un 5% de la población).

Todavía en Europa es interesante el caso de Macedonia, en cuya Asamblea Nacional, tras los acuerdos de paz del 2001, se permite el uso del albanés, a pesar de que la Constitución sólo reconoce al macedonio como lengua oficial de la república. Fuera de Europa, el caso más conocido es el de Canadá, donde francés e inglés son iguales en derecho tanto en la Cámara de los Comunes como en el Senado. Pero hay otros casos menos conocidos, como el uso habitual del quechua y del aymara en el Parlamento boliviano; del inglés y del afrikaans en las dos cámaras de Sudáfrica; del inglés, hausa, igbo y yoruba en el Parlamento federal de Nigeria; del amhárico, tigriña y oromo, además del inglés, en Etiopía. Otros casos son el inglés y el maorí hablados en el Parlamento de Nueva Zelanda, el inglés y el hindi en el Parlamento bicameral de India; el singalés y el tamil en el de Sri Lanka, o el caso de las islas Fiyi, cuyo Parlamento bicameral funciona en inglés, si bien la Constitución reconoce el derecho a utilizar las lenguas fiyi e hindi. En fin, lo ejemplos podrían seguir, pero basten los mencionados para poner de manifiesto que en la regulación del plurilingüismo en las instituciones y en la simbología del Estado, España es una democracia todavía bastante atrasada. Es decir, una democracia aún poco sensible a reconocer y proteger en sus símbolos e instituciones su diversidad lingüística y nacional internas.

A veces se argumenta que el Senado, en tanto que cámara de representación territorial, es el lugar apropiado para el uso de las lenguas oficiales diferentes del castellano. Es un argumento falaz. Las lenguas las hablan las personas, no los territorios. Y es el pluralismo (también lingüístico) de los ciudadanos contribuyentes lo que se representa (hasta ahora lingüísticamente mal) en las dos cámaras del Parlamento. La pretensión de reducir el plurilingüismo al Senado no tiene fundamento ni en la política comparada de las democracias plurilingües ni en consideraciones liberal-democráticas. En los casos antes citados, mayoritariamente sistemas parlamentarios bicamerales, el plurilingüismo suele practicarse en ambas cámaras del parlamento. De hecho, las posibles diferencias apuntan incluso a un menor grado de institucionalización del plurilingüismo en las cámaras altas. Y en el caso español, hay además precedentes históricos. Ya en las Cortes de la Corona de Aragón se hablaba en latín, catalán y aragonés.

El Congreso de los Diputados ha admitido recientemente a trámite una proposición de ley, presentada por ERC, «de protección y promoción de lenguas españolas distintas del castellano». En ella se prevé, entre otras cosas, «disponer las medidas necesarias para permitir un uso normal de todas las lenguas oficiales del Estado en los trabajos de comisiones y plenos de las dos cámaras de las Cortes Generales». Más interinamente, los reglamentos del Congreso y del Senado deberían incluir de una manera amplia (sin estrategias cicateras) el uso de las cuatro lenguas en todos los niveles de los trabajos parlamentarios. La salida que se dé a estas normas legislativas ofrecerá un indicador objetivo de la credibilidad del Gobierno Zapatero en regular el pluralismo lingüístico como una pieza clave dentro de la más amplia y repetida noción de la España plural. Es una buena oportunidad para alinear a nuestro país con los sistemas democráticos del mundo más comprometidos con la acomodación de su diversidad lingüística interna. O para hacerlo incluso mejor que ellos.

Albert Branchadell, profesor de Filología Catalana en la Universitat Autònoma de Barcelona

FERRAN REQUEJO, profesor de Ciencia Política en la Universitat Pompeu Fabra