Legislació lingüística - cdlpv
Levante, 12.04.2003
Laura Ballester, Valencia
La Comisaría de Zapadores de Valencia que expide los pasaportes se ha negado a inscribir una i entre los apellidos de una joven vecina de Valencia, Àngela González i Molina, pese a que la afectada cuenta con una sentencia a favor del Registro Civil de Valencia y ya logró que en su documento nacional de identidad figurara la conjunción. Según fuentes de la Jefatura Superior de Policía de Valencia a la afectada «no se le ha dicho que no le ponían la i sino que no se le podía hacer con la celeridad que ella exigía porque hay que modificar la base de datos».
Finalmente, la joven tiene en su poder el pasaporte pero «sin la i. No le han dado opción a modificarlo», asegura su padre, Paco González Ramírez, quien ha presentado las preceptivas quejas ante el Síndic de Greuges, el Defensor del Pueblo, la Delegación del Gobierno en Valencia y el Ministerio de Interior.
La batalla por la i entre los apellidos de esta joven la inició su padre, a quien ya le denegaron esta posibilidad «porque no había nacido en la Comunidad Valenciana». ¿Por qué este interés en introducir la i entre los apellidos? «Porque es una tradición valenciana que se ha perdido y que queremos recuperar», responde convencido Paco González. La i se utiliza para «aislar o diferenciar algunos apellidos que son similares a los nombres, aunque es una solución civilizada muy extendida en Cataluña o en la Comunidad Valenciana que sirve para separar el doble apellido peninsular», asegura un filólogo consultado por Levante-EMV.
Con el primer DNI de la joven ya surgieron los primeros problemas. «En esta misma Comisaría de Zapadores ya pusieron todos los impedimentos posibles por este mismo tema. Después de aportar copia de la sentencia del Registro Civil y una fuerte discusión con una funcionaria, que incluso se permitió hacer juicios de valor sobre la utilidad de la i, conseguimos que el nombre en el DNI fuera el que tocaba», recuerda el padre de la joven.
El auto del Registro Civil al que alude el afectado se dictó el 28 de julio de 1998 y en él el magistrado reconoce el derecho de Àngela González i Molina a «que se complete el acta de nacimiento intercalando la conjunción i entre sus dos apellidos». La sentencia reconoce este derecho de la joven «por la certificación literal del nacimiento aportada, por haberse acreditado la vecindad administrativa en esta Comunidad y de conformidad con la ley del Registro Civil».
Así las cosas, cuando Àngela decidió hacerse el pasaporte «no tuvimos tanta suerte y no sólo no le han puesto su nombre correcto en el documento sino que han eliminado la i de la base de datos de manera que, cuando llegue el momento de renovar el DNI, tendremos que volver a comenzar».
El problema en la base de datos es precisamente la razón que alegan fuentes de la Jefatura Superior de Policía para justificar el incidente. «Las conjunciones no se utilizan y si alguien quiere insertarlas hay que modificar la base de datos y este cambio sólo se puede hacer a través de Madrid. Los funcionarios le dijeron que hacían el pasaporte sin la i y después se modificaba pero ella no quiso». Según Paco González, «nunca se nos ofreció esta posibilidad ni la opción de reclamar».