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«En esta línea hay que situar las resoluciones de la “Assamblea Regionalista”, de junio de 1907 (nota 18),
que por
primera vez pide la declaración de oficialidad del valenciano –junto a la del castellano en
las comarcas castellanoparlantes–. Más concretas fueron las Conclusiones de la Joventut Valencianista en
1914. Consideran que la lengua “es una
de les característiques més determinants de la personalitat regional” por lo que piden: uso del
valenciano en actos oficiales de Ayuntamiento y Diputaciones; enseñanza del valenciano; uso del
valenciano ante los Tribunales de
Justicia; predicación cristiana en valenciano;
constitución de un Instituto de Estudios Valencianos y publicación de un diario en valenciano.» (El régimen jurídico de las lenguas en la
Comunidad Valenciana de Manuel Alcaraz Ramos, pàg. 23)
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«En 1918 se presentó una “Declaració
Valencianista” cuyo punto V decía: “Existint en València, segons el territori,
dualitat de llengües, (...), demanem la cooficialitat per als dos idiomes”». (El régimen jurídico de las lenguas en la
Comunidad Valenciana de Manuel Alcaraz Ramos, pàg. 24).